ARRAIGO FAMILIAR
Las oficinas españolas encargadas de autorizar el "Arraigo Familiar" siguen a cargo de la Policía Nacional. Cuando este arraigo se solicita, o ya se ha autorizado, la policía española se encarga de investigar al matrimonio o a la pareja de hecho para comprobar si ha cometido un fraude de la ley. Baleares sin Fronteras (BSF), periodico quincenal de Palma de Mallorca que se dedica a dar información sobre el mundo de las migraciones, en su nº 439 (segunda quincena de octubre de 2023) daba a conocer la casuística de este tipo de arraigos, así como las posibles preguntas que el agente puede realizar a los sospechosos de fraude. Así, nos encontramos con extranjeros que quieren convivir con un español o viceversa, y a extranjeros que quieren legalizar su matrimonio o pareja, siendo que uno de ellos es ya residentelegal en España. La policía es la encargada de comprobar la veracidad de esta relación. Para ello los investigadores seleccionan a los sospechosos. Cada sospechoso es separadoen un despacho con un agente. La técnica utilizada para las preguntas a realizar se asemeja a la de los exámenes académicos, en el sentido de no duplicar las mismas preguntas cuando se realizan varias pruebas consecutivas con distinto alumnado. Es decir, cada investigación tiene su propia lista de preguntas. Las preguntas que un agente puede realizar, según la crónica del BSF, pueden llegar hasta 35, aunque pueden ser menos o más, según la evolución de la entrevista y la discrecionalidad del entrevistador. Asimismo, el acto puede llegar a las tres horas, pues cada pregunta puede ser matizada o ampliada según la respuesta obtenida. La idea es que luego cada agente contrasta las respuestas con las obtenidas por su compañero. Enumeramos a continuación algunas de las 35 preguntas descubiertas por BSF que se realizan a cada sujeto: a.- ¿Cómo fue la primera vez que quedaron y en qué lugar? b.- ¿En qué medio de transporte han venido hasta las dependencias policiales? c.- ¿Dónde cenaron la última noche del año? d.- ¿Qué hicieron el último fin de semana? e.- ¿Su pareja tiene tatuajes o cicatrices? f.- ¿La calle donde viven, es peatonal o circulan vehículos? g.- ¿Qué cía de telefóno tiene su pareja? h.- ¿Qué vieron anoche en TV? El informe del agente policial sirve de resolución para determinar la validez del matrimonio o asimilado. Se puede ir con un abogado, lo que es muy recomendable, pues así el letrado podrá suprimir preguntas o controlar los posibles excesos de los agentes. El usuario entrevistado tendrá derecho a revisar sus respuestas presentadas por escrito y a corregirlas. Si no se produce la corrección por parte del agente, el usuario podrá firmar con desacuerdo en el acta de actuación El procedimiento administrativo, en consecuencia, parte de un informe policial con el dictamen de infracción que es presentado a la Oficina de Extranjería. Esta oficina denegará el arraigo o lo resolverá si éste estuviera concedido. Se redactará resolución incluyendo la sanción acordada. Las multas oscilan entre 501 y 10.000 euros. El texto estándar que elabora el policía es el siguiente: "Se deduce [de las preguntas] la existencia de indicios suficientes para presumir que los hechos podrían ser constitutivos de una infracción de la Ley de Extranjería, y se dará traslado de los hechos al Grupo de Admisiones, Control y Asesoramiento del Grupo Local de Extranjería de la Comisaría correspondiente para que inicie (...) expediente sancionador." Vemos pues que sin pruebas materiales (investigaciones fácticas: grabaciones, fotos, documentos y similares) el agente, con simplemente la "presunción", emite informe que será definitivo para la oficina administrativa con autoridad suficiente para decidir el destino de los sospechosos. Observamos que el procedimiento es totalmente policial, sin que actúen los servicios sociales, propios de estas cuestiones humanas. Y la oficina administrativa parece no investigar en absoluto, sino que toma el informe policial como definitivo de la resolución posterior. Muchas gracias. El Espía Social MPB
Foto: OndaCero
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